lunes, 21 de junio de 2010

LOS ESTADOS

A pesar de que Nueva Galicia sea una monarquía constitucional, la administración política del país se compone de una federación de Estados soberanos, independientes entre sí, pero que no pueden separarse del reino.

Aunque los territorios que conforman el reino tiene el mismo estatus jurídico en la constitución, es decir, nominalmente todos son Estados, los títulos pertenecientes a la Corona de Nueva Galicia los contempla con diferentes denominaciones, tales como Reinos, Grandes Ducados o Principados, así pues mientras Jalisco es un Estado dentro del reino, en los títulos del rey se establece como Rey de Jalisco, o en otro caso el Estado de Aguascalientes el Rey es, en los títulos de la corona, Gran Duque de Aguascalientes. (Ver Ley de la Corona)

El Reino de Nueva Galicia es una federación de estados unidos en común acuerdo y un distrito que es donde se asienta la capital del país, el distrito y los estados de la federación son:




(El Distrito de Guadalajara comprende el territorio del Municipio de Guadalajara)








































En su artículo 84, la constitución establece que "el poder público de los Estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un solo individuo.

Cada Estado tiene la facultad de organizar su estructura de gobierno e instituciones propias de acuerdo a una constitución local, siempre y cuando cumpla con las siguientes bases y que no haya inconsistencia con la presente constitución:

El Poder Ejecutivo de los Estados corresponderá a un gobernador y al Presidente del Estado. Los Gobernadores de los Estados serán designados por el Rey a propuesta del Presidente de dicho Estado. Los Presidentes serán elegidos por voto libre secreto y directo de la población y regulada su elección de acuerdo a una ley especial, para un periodo de 5 años sin posibilidad de reelección.

El poder legislativo corresponderá a los Parlamentos de los Estados. Los Parlamentos de los Estados serán elegidos por sufragio directo y secreto del pueblo para un periodo de 5 años y una ley determinará la proporción de representación de cada Estado.

El Poder Judicial de los Estados se ejercerá por los Tribunales Supremos de cada Estado que estará organizado por la constitución de cada Estado en coordinación con la Suprema Corte de Justicia.

El Presidente del Estado será el jefe de gobierno que coordine las relaciones entre el gobernador y el parlamento y que forme el consejo de ministros local.

Los Gobernadores y los Presidentes de los Estados están obligados a publicar y a hacer cumplir las leyes generales del Reino.



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